viernes, 9 de octubre de 2009

¿Qué prestaciones considera?


Prestaciones técnicas: A sus empresas asociadas en materia de Prevención de Riesgos para eliminar o minimizar los Accidentes y Enfermedades laborales en sus trabajadores.

Prestaciones Médicas: Atenciones que tienen por objetivo curar y rehabilitar al trabajador en caso de sufrir un accidente o enfermedad laboral.

Prestaciones Económicas: Pago de subsidios durante los períodos de incapacidad temporal provocados por accidentes de trabajo o enfermedad profesional. Indemnizaciones y/o pensiones en caso de incapacidad permanente a causa de un infortunio laboral, dependiendo en uno u otro caso, del grado de invalidez del accidentado o pensiones de orfandad y/o viudez con ocasión de fallecimiento.

No hay comentarios:

Publicar un comentario