viernes, 9 de octubre de 2009
¿Qué prestaciones considera?
Prestaciones técnicas: A sus empresas asociadas en materia de Prevención de Riesgos para eliminar o minimizar los Accidentes y Enfermedades laborales en sus trabajadores.
Prestaciones Médicas: Atenciones que tienen por objetivo curar y rehabilitar al trabajador en caso de sufrir un accidente o enfermedad laboral.
Prestaciones Económicas: Pago de subsidios durante los períodos de incapacidad temporal provocados por accidentes de trabajo o enfermedad profesional. Indemnizaciones y/o pensiones en caso de incapacidad permanente a causa de un infortunio laboral, dependiendo en uno u otro caso, del grado de invalidez del accidentado o pensiones de orfandad y/o viudez con ocasión de fallecimiento.
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