sábado, 10 de octubre de 2009

¿Qué contigencias cubre?


Accidentes de Trabajo: Toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.

Accidente de Trayecto: Todo accidente que ocurra en el trayecto directo, de ida o regreso del domicilio y el lugar de trabajo que produzca incapacidad o muerte, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, que correspondan a distintos empleadores. En este último caso, se conciderará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro.


Enfermedades Profesionales: Aquellas causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión o por el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

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